NUEVA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO.

escudopeq.jpg

NUEVA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO.

02/09/2011

EL CASTILLO DE LAS GUARDAS.

 ANUNCIO EN EL TABLÓN DE EDICTOS DELAYUNTAMIENTO. 

BASES POR LAS QUE HABRÁ DE REGIRSE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR UN PUESTO DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO CON CARÁCTER TEMPORAL PARA EL CONSULTORIO MEDICO DE EL CASTILLO DE LAS GUARDAS.

 

 

 

PRIMERA. Objeto.

 

SEGUNDA. Requisitos.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

- Ser español o estar incurso en alguno de los supuestos previstos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 13 de abril.

- Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación forzosa.

- Poseer capacidad funcional para el desempeño de las correspondientes funciones.

- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

- Estar en posesión del Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria o equivalente.

- Los requisitos anteriores deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante la duración del proceso selectivo.

 

TERCERA. Solicitudes.

Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde de la Corporación y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de El Castillo de las Guardas durante el plazo establecido al efecto y hasta las 14:00 horas del último día de plazo, haciendo constar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en las presentes bases y que acompañan los documentos acreditativos de los méritos previstos en la Base Sexta, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

 

Con la instancia se acompañarán los siguientes documentos acreditativos de los méritos necesarios para optar a la plaza:

I- Solicitud

II- Fotocopia compulsada de la titulación requerida o en su caso, fotocopia compulsa del expediente académico

III- Fotocopia compulsada del D.N.I.

IV-Fotocopia compulsada de los documentos acreditativos de los méritos previstos en la base sexta.

 

CUARTA. Admisión de candidatos

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará resolución en el plazo máximo de tres días naturales declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución que se publicará en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento y en la pagina web de este Ayuntamiento, se indicará la causas de exclusión, caso de existir, concediendo un plazo de 3 días naturales para subsanación de errores, de conformidad con lo dispuesto por el art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En la misma resolución el Alcalde determinará el lugar y fecha de la constitución del Tribunal calificador y de su composición.

 

QUINTA. Tribunales

 

El Tribunal calificador se compondrá de conformidad con lo establecido por el art. 60 de la Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, por los miembros siguientes:

Presidente: . La Secretaria de la Corporación o persona en quien delegue.

Vocales:

 

La psicóloga de la Z.T.S. “ El Ronquillo “, o persona en que delegue

 

El Graduado social de la Z.T.S. “, El Ronquillo “, o persona en que delegue.

 

La Trabajadora Social de la Z.T.S. “, El Ronquillo o persona en que delegue.

Secretario:

 

Una Administrativa de El Ayuntamiento de El Castillo de las Guardas o persona en que delegue.

El Tribunal Calificador quedará facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas, así como para incorporar especialistas en aquellas pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos, quienes actuarán con voz, pero sin voto.

La designación de los miembros del Tribunal se hará conforme a lo previsto en el Real Decreto 896/91 y art 60 del Estatuto Básico del Empleado Público, debiendo abstenerse de intervenir las personas designadas que puedan incurrir en las causas prevenidas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 29 del mismo cuerpo legal.

El tribunal se constituirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la indicada Ley de Procedimiento Administrativo, y las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate, el voto del que actúe como presidente.

 

SEXTA. Procedimiento de selección

El procedimiento de selección constará de dos fases:

 

. Se valorará hasta un máximo de 4 puntos el Historial

Profesional de los aspirantes atendiendo al siguiente baremo:

· Otras titulaciones académicas no imprescindibles para el proceso selectivo:

o Título de bachiller o equivalente 0,5 *

o Diplomado universitario o equivalente 1 *

o Licenciado universitario o equivalente 1,5 *

(*) No acumulable

 

Cursos

 

Cursos relacionados con la plaza o puesto al que se opta, hasta un máximo de 3

puntos.

Hasta 14 horas.........................0,15 puntos

De 15 a 40 horas.....................0,20 puntos

De 41 a 70 horas.....................0,30 puntos

De 71 a 100 horas...................0,40 puntos

De 101 a 199 horas.................0,50 puntos

A partir de 200 horas..............1 punto

(Cada día se computará como siete horas lectivas)

· Experiencia profesional

 

Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local en plaza o

puesto de similar contenido al que se opta 0,15

1. Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas en plaza o puesto de similar contenido al que se opta 0,10

o Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas en plaza o

puesto de similar contenido al que se opta 0,05

 

Con carácter previo, antes de la realización de la entrevista las aspirantes al puesto tendrán que superar una prueba teórico-práctica propuesta por el Tribunal, relacionado con el puesto especifico al que se opta, de forma que únicamente serán entrevistados y podrán por tanto optar al puesto los aspirantes que superen la citada prueba. La puntuación de dicha prueba será valorada de 0 a 10 puntos debiendo obtener los aspirantes un mínimo de 5 puntos para superar la misma.

Los aspirantes serán entrevistados por el Tribunal, acerca de la experiencia acreditada, conocimientos del puesto al que se opta y cualquier otra circunstancia que el Tribunal estime necesaria para garantizar la objetividad y racionalidad del proceso selectivo. La entrevista se valorará de 0 a 6 puntos.

La fecha, lugar y hora de comienzo de la Entrevista, así como la composición del Tribunal Calificador, se anunciará en el tablón de anuncios de la Corporación junto con la lista de admitidos y excluidos.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

 

SÉPTIMA. Puntuación y propuesta de selección

Concluida la prueba, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación. El número de candidatos propuestos para su nombramiento no podrá rebasar el número de plazas convocadas. Dicha propuesta se elevará a la Alcaldía y contra la misma cabrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes.

Contra las presentes bases podrá interponerse, potestativamente, por los interesados recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, a partir de la publicación, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a partir de la última publicación en el Tablón de Edictos de este Ayuntamiento.

 

En el Castillo de las Guardas a 1 de septiembre de 2011.

El Alcalde en funciones

Fdo: Gonzalo Domínguez Delgado

 

 

 

 

 

Auxiliar Administrativo.

 

C2.

 

1

 

Concurso de méritos

 

Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria o equivalente

 

Laboral a media jornada

 

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento de El Castillo de las Guardas, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

 

En El Castillo de las Guardas a 1 de septiembre de 2011.

El Alcalde en funciones,

Fdo.: Gonzalo Domínguez Delgado

Contratación:

Titulación exigida:

Sistema de selección:

Núm. de plazas:

Grupo de clasificación:

ANEXO

Denominación de la plaza:

b) Fase de Entrevista.

·

a) Fase de Valoración de Méritos

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, desde el día 2 de septiembre hasta el día 22 de septiembre, ambos inclusive.

El objeto de la presente convocatoria es cubrir, con carácter de personal laboral temporal y con una jornada de 2 horas diarias un puesto de auxiliar administrativo para el Consultorio de El Castillo de las Guardas, por el sistema de selección de Concurso de méritos.

La contratación será laboral temporal y su duración será de un año, extendiéndose extinguido al finalizar el periodo fijado.

La jornada de trabajo será de 10 horas semanales (2 horas diarias ).

El horario de trabajo será de 8 a 10 de la mañana

Las retribuciones serán de 268,58 € brutos/mes