RESOLUCION DE ALCALDIA 345/11 CON RESPECTO A LAS PLAZAS DE ANIMADOR SOCIOCULTURAL

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RESOLUCION DE ALCALDIA 345/11 CON RESPECTO A LAS PLAZAS DE ANIMADOR SOCIOCULTURAL

22/06/2011

EL CASTILLO DE LAS GUARDAS

 
ANUNCIO EN EL TABLÓN DE EDICTOS DEL AYUNTAMIENTO.
 
           Por Resolución de Alcaldía 345/11 de fecha 22 de junio de 2011 se rectifican las bases de la convocatoria para cubrir dos puestos de monitores socioculturales para las escuelas de verano de El Castillo de las Guardas, del siguiente tenor literal:
 
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N º 345/11
 
Visto las Bases por las que habrá de regirse la convocatoria para cubrir dos puestos de monitores socioculturales de las Escuelas de Verano del Ayuntamiento de El Castillo de las Guardas, aprobadas mediante Resolución de Alcaldía nº 333/11 de fecha 15 de junio de 2011.
 
Visto que en la base Primera se ha detectado un error respecto a la jornada laboral; en virtud del artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y del artículo 21.1.g), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local,
 
                             RESUELVO
 
           ÚNICO- Rectificar la base Primera en el siguiente sentido:
(:.. ) La contratación será laboral a tiempo parcial y su duración coincidirá con la duración de las Escuelas de verano de este municipio.
 
           Lo manda y firma el Sr. Alcalde, Don Francisco Casero Martín, en El Castillo de las Guardas a 22 de junio de 2011.
 
 
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento de El Castillo de las Guardas, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
 
 
 
En El Castillo de las Guardas a 22 de junio de 2011.
 
 
El Alcalde,
 
 
Fdo.: Francisco Casero Martín