Información de servicio sobre fraccionamiento de deudas tributarias con el OPAEF

Información de servicio sobre fraccionamiento de deudas tributarias con el OPAEF

22/05/2020

El Castillo de las Guardas

INFORMACIÓN DE SERVICIO SOBRE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS CON EL OPAEF

Queremos informar a todos/as nuestros/as vecinos/as de la resolución de la Diputación de Sevilla, respecto a la posibilidad de conceder el fraccionamiento, con dispensa de garantía y sin devengo de intereses, de deudas tributarias de vencimiento periódico y notificación colectiva cuyo importe no sea superior a 30.000 euros siempre que el mismo se solicite dentro del periodo de ingreso en voluntaria y el pago total se produzca dentro del ejercicio 2020.

��Desde el pasado viernes 8 de mayo está accesible a los contribuyentes que así lo deseen, tanto personas físicas como jurídicas, la posibilidad de solicitar a través de la Sede Electrónica del OPAEF su solicitud de fraccionamiento sin intereses, previa autenticación con firma electrónica, clave pin o clave permanente.

�� Utilizando la aplicación de la SEDE ELECTRÓNICA DEL OPAEF https://sede.opaef.es/sede/tributos/fraccionamiento-y-aplazamiento/servicio/Fraccionamiento-de-deudas-sin-intereses-Resolucion-332-2020/ , si la solicitud cumple los requisitos indicados y su importe no excede de 6.000 euros, en el mismo trámite se generará la Resolución de fraccionamiento, pudiendo descargarse tanto la resolución como los documentos de pago. Si el importe de la solicitud fuese superior a 6.000 euros, podrá descargarse en el mismo trámite los documentos de pago de las fracciones, si bien la Resolución se remitirá posteriormente al domicilio fiscal.

�� Quienes no puedan acceder con firma electrónica, clave pin o clave permanente, tienen a su disposición el modelo de solicitud de fraccionamiento, el cual podrán presentar por correo postal o presencialmente, bien en nuestras Oficinas de Atención al Contribuyente una vez se reabran, o bien en
su Ayuntamiento, que lo deberá remitir a este Organismo por intercambio registral. A tal efecto, le adjunto el Modelo de Solicitud para que se les facilite a los ciudadanos que así lo deseen.

�� Este procedimiento es aplicable actualmente tanto a los recibos correspondientes al primer semestre de 2020, puestos al cobro el pasado 4 de mayo, y cuyo plazo de ingreso (y, por tanto, para solicitar el fraccionamiento) concluye el 6 de julio, como para otros períodos de ingreso de recibos de tasas correspondientes al ejercicio 2020 y cuyos plazos de ingreso se han ampliado hasta el 30 de mayo.

�� El aplazamiento, con carácter general, queda excluido de la citada Resolución, pudiendo solicitarse por el procedimiento ordinario, de igual manera que el fraccionamiento de otro tipo de deudas que no cumplan con los requisitos previstos en la citada Resolución.

Enlace a la sede electrónica OPAEF: https://sede.opaef.es/sede/tributos/fraccionamiento-y-aplazamiento/servicio/Fraccionamiento-de-deudas-sin-intereses-Resolucion-332-2020/

 

 

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